Doce años del Protocolo de Kioto

Investigadores de la UPM analizan la importancia de este acuerdo internacional que marcó por primera vez objetivos concretos para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

16.02.2017

Por IVANKA PUIGDUETA BARTOLOMÉ y ALBERTO SANZ COBEÑA. 

El Protocolo de Kioto es un acuerdo internacional alcanzado con el objetivo de reducir las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) de origen antrópico que provocan el cambio climático. Entró en vigor en 2005, y consta de dos periodos de actuación: 2008-2012 y 2013-2020. Por primera vez, con el Protocolo se definieron unos objetivos de reducción obligatorios, cuantificados y específicos .

El texto se enmarca dentro de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), y fue negociado durante su tercera Conferencia de las Partes (COP 3). Siguiendo el principio de “responsabilidades comunes pero diferenciadas” establecido por la CMNUCC, en el Protocolo son sólo los países responsables de la mayoría de las emisiones de GEI y aquéllos que disponen de mayores recursos económicos, los que tienen objetivos de reducción y han de llevar el liderazgo en los esfuerzos de mitigación.

Es por ello que, bajo el primer periodo de compromiso, sólo los países que eran parte de la OCDE en 1992 y aquéllos en transición hacia una economía de mercado por aquél entonces (Rusia, los estados Bálticos y varios estados de Europa central y oriental) habían de reducir sus emisiones. El objetivo marcado para este primer periodo era la reducción de sus emisiones de GEI en conjunto en un 5,2% respecto a los valores de 1990 ó 1995 (dependiendo del gas).

Los gases para los que se impusieron límites de emisión fueron seis: dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (N2O), hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafloruro de azufre (SF6).. Los objetivos de reducción nacionales oscilaron entre el 8% para la UE y otras partes, 7% para EEUU, 6% para Japón y Canadá, 0% para Rusia (recuperación de los niveles de 1990), etc. Por otro lado, a algunos países industrializados se les permitía incrementar sus emisiones, como a Australia (8%) o Islandia (10%). La reducción de las emisiones de GEI perseguida, comparada con los niveles de emisión proyectados para 2010 sin la puesta en marcha del objetivo, se estimó en un 29%.

Ilustración 1: ratificación de la Enmienda de Doha sobre el segundo periodo de compromiso 
de Kioto, a 30 de noviembre de 2016. CMNUCC.

La creación del Protocolo fue impulsada por la publicación del Segundo Informe de Evaluación del IPCC (Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático) en 1995, que concluía que el clima ya había empezado a cambiar a causa de las emisiones de GEI debidas, principalmente, a la quema de combustibles fósiles.

El primer periodo del acuerdo fue ratificado por 191 países, más la Unión Europea, que actúa como Parte del Protocolo independientemente de sus estados miembros y divide los esfuerzos de reducción entre éstos.  Estados Unidos no llegó a ratificar el acuerdo pese a haberlo firmado en 1998 bajo la presidencia de Bill Clinton. La ratificación de este país se vio complicada por la negativa por parte del Congreso, tras lo que se produjo el anuncio de la retirada del mismo por parte la Administración Bush en 2001. Tras este acontecimiento, la suerte del Protocolo cayó en manos de Rusia, pues para que el acuerdo entrase en vigor era necesaria su ratificación por un mínimo de 55 Partes que fueran responsables de al menos el 55% de las emisiones globales.

Tras la ratificación del acuerdo por parte de Rusia en noviembre de 2014, el Protocolo entró en vigor  el 16 de febrero de 2005. Rusia era inicialmente reticente a formar parte del acuerdo, pero la gran presión por parte de la UE, junto con  la financiación de la reconversión industrial y la modernización de sus instalaciones (principalmente las petroleras), facilitaron el proceso.

El Protocolo en España

En el caso español, el Gobierno firmó el Protocolo en 1998, y lo ratificó en 2002. España adquirió sus compromisos de reducción como miembro de la UE, cuyo compromiso de reducción en el territorio total se estableció en 8%. En las negociaciones internas que tuvieron lugar dentro la UE, España adquirió el compromiso de limitar el crecimiento de sus emisiones en un 15% respecto a los niveles de 1990-1995.

El Protocolo incluyó un sistema de cumplimiento con sanciones, permitiendo a los países parte reducir las emisiones fuera de sus fronteras mediante inversiones en otros países, hecho que levantó críticas por parte de colectivos ecologistas. La energía nuclear quedó excluida de los mecanismos diseñados para favorecer el éxito en la consecución de los objetivos marcados por el Protocolo mediante el intercambio de tecnología y emisiones.

Al final del primer periodo de compromiso del Protocolo de Kioto, las emisiones totales de GEI de los países con reducciones obligatorias fueron, oficialmente, un 22,6% inferiores a las del periodo de referencia 1990-1005. No obstante, no está claro que estas reducciones se hayan debido al Protocolo. Por un lado, muchos países industrializados ya habían puesto en marcha políticas para transitar hacia economías bajas en carbono. Por otro lado, el colapso de la Unión Soviética afectó a su economía tras la década de los 90, lo que también hubo de tener influencia sobre sus emisiones. Por otro lado, en las últimas décadas se ha producido la relocalización de industrias altamente contaminantes hacia países que no tenían obligaciones de reducción bajo el Protocolo. Igualmente, hay que tener en cuenta los efectos de la crisis financiera de 2008.  

Las negociaciones del segundo periodo de compromiso del Protocolo de Kioto comenzaron en 2006. Tras el fin de la primera fase del Protocolo, había gran expectación sobre un segundo periodo en el que EEUU y China añadiesen sus esfuerzos a los del resto de las Partes. Se esperaba que este nuevo acuerdo se lograse en la Cumbre de Copenhague en 2009 (COP 15). Sin embargo, esto no se consiguió, y la Conferencia fue considerada un fracaso. No se logró ningún acuerdo legalmente vinculante.

El acuerdo para dar continuidad al Protocolo de Kioto sólo se logró en la Cumbre de Doha en 2012, justo cuando la primera fase expiraba. El principal logro fue abrir la puerta hacia la creación de un ambiente internacional de mayor ambición antes de 2020. El año anterior, en la COP de 2011 en Durban (Sudáfrica), se había conseguido el compromiso de todas las Partes de la CMNUCC para alcanzar un acuerdo sobre un nuevo instrumento legalmente vinculante en la Cumbre de París de 2015 (este sería el reciente Acuerdo de París), que entraría en vigor en 2020.

No obstante, el segundo periodo de compromiso del Protocolo de Kioto no ha llegado todavía a entrar en vigor, pues para ello es necesaria la ratificación por al menos tres cuartas de las Partes del Protocolo: 144 países. En diciembre de 2016, el Protocolo había sido firmado por 75 países, el último de ellos habiendo sido Cuba.

En esta segunda fase del Protocolo, los países que tenían compromisos de reducción dentro de la primera fase, acordaron examinar estos compromisos no más tarde de 2014, con el fin de aumentar sus respectivos niveles de ambición. En base a los nuevos objetivos, los países Parte se comprometieron a reducir sus emisiones una media de 18% respecto a los niveles de 1990 en el año 2020. La UE ha adquirido el compromiso de reducir sus emisiones de GEI en  un 20% respecto a las de 1990. Independientemente de la entrada o no en vigor de este segundo periodo de compromiso, la Unión Europea ha decidido mantener este compromiso de reducción con el paquete 20/20/20.

*Ivanka Puigdueta Bartolomé es investigadora del CEIGRAM y del itdUPM  y Alberto Sanz-Cobeña, investigador de la ETSIAAB.