Resoluciones

Resolución de la convocatoria de ayudas para apoyar las líneas de I+D en el Programa de creación y consolidación de los grupos de investigación de la UPM

RESOLUCIÓN DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2016, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID, POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA APOYAR LAS LÍNEAS DE I+D EN EL PROGRAMA DE CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LOS GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UPM.

Vista la Resolución de 20 de abril de 2016, del Rector de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convocaban ayudas para apoyar las líneas de I+D en el programa de creación y consolidación de Grupos de Investigación de la UPM.

Concluido el proceso de evaluación científica-técnica y selección de solicitudes conforme a lo establecido en los artículos 8, 9 y 10 de la mencionada resolución, de acuerdo con la propuesta elaborada por la Comisión de Selección, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid,

RESUELVO


Primero

Conceder las ayudas que se indican en los Anexos adjuntos por un importe total de  700.000€, para los grupos de investigación consolidados y para los grupos de investigación en proceso de consolidación.

Segundo

Autorizar la disposición de un gasto por importe de 700.000€  que se imputarán al presupuesto de gastos, Programa 519, de la Universidad Politécnica de Madrid, para la financiación de las ayudas seleccionadas.

Tercero

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín de la UPM y en la correspondiente página Web, así como la notificación individual a los beneficiarios.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o directamente recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estimen oportunos.


Madrid, 30 de noviembre de 2016

EL RECTOR
Guillermo Cisneros Pérez