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REGLAMENTO DE PRÉSTAMO DE LAS BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

(Aprobado por la Junta de Gobierno de la UPM el 27 de Abril de 2.000)

Dentro de los servicios al usuario que ofrecen las Bibliotecas de la Universidad Politécnica de Madrid, el servicio de préstamo y lectura en sala, que a continuación se regula, es fundamental para cumplir su objetivo de apoyo a la docencia y la investigación.

1.- USUARIOS


Se consideran usuarios de pleno derecho del servicio de préstamo todos los miembros de la comunidad académica de la Universidad Politécnica de Madrid distribuidos en las siguientes categorías:
-Alumnos.
-Alumnos de proyecto/trabajo fin de carrera.
-Personal Docente y Personal de Administración y Servicios.
-Investigadores y doctorandos.
También podrán utilizar el servicio de préstamo personas no pertenecientes a la universidad, previa solicitud razonada, con las debidas garantías.
Para la utilización del servicio de préstamo es imprescindible presentar el carné de la Universidad Politécnica de Madrid o documento acreditativo, expedido por la Biblioteca.

2.- LECTURA EN SALA


El servicio de lectura en sala podrá ser utilizado por cualquier usuario en posesión de un carné personal que podrá ser solicitado por el personal de la biblioteca cuando lo considere conveniente.
En caso de afluencia masiva se dará preferencia a los usuarios de la Universidad Politécnica de Madrid.
En las salas se mantendrá el debido silencio así como la prohibición de fumar e introducir bebidas o alimentos, y utilizar teléfonos móviles.

 

3.- SERVICIO DE PRÉSTAMO DOMICILIARIO


Todas las obras son susceptibles de cederse en préstamo domiciliario con las siguientes excepciones:
-Manuscritos, incunables y libros antiguos o de especial valor
-Obras de referencia (diccionarios, enciclopedias, repertorios, etc.)
-Publicaciones periódicas
-Materiales especiales
-Obras de uso frecuente con escaso número de ejemplares o que ya no estén en el mercado (éstos se incluyen en la categoría de libros de "SALA")
Los tipos de obras susceptibles de préstamo se dividen en las siguientes categorías:
-Monografías
-Videos
-Manuales (libros de texto básico de las asignaturas del programa de estudios o libros de gran demanda)
-Material anejo (disquetes, CD-ROM, DVD o cualquier otro soporte de información que acompañe a manuales y monografías. Su préstamo será inseparable de la obra a la que vayan unidos)
-Obras de creación (esta categoría queda limitada a las bibliotecas donde exista dicha colección)

 

3.1.- NORMAS DEL SERVICIO DE PRESTAMO

3.1.1.- Alumnos


Los alumnos podrán tomar en préstamo un total de 2 obras de cualquier biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid, ya sean manuales o monografías.
Adicionalmente podrán tomar en préstamo dos obras pertenecientes a las categoría de material anejo. En el caso de los videos el máximo será de uno.
El período de préstamo será de 7 días para los manuales, las monografías y el material anejo. Los videos tendrán un período de préstamo de 1 día.

3.1.2.- Personal Docente y Personal de Administración y Servicios


Fondos de la biblioteca del Centro al que están adscritos
El Personal Docente y el Personal de Administración y Servicios podrán tomar en préstamo un total de 8 obras de la biblioteca del Centro al que pertenecen, con las siguientes restricciones:
-videos: máximo 1
-manuales: máximo 2
El período de préstamo será de 120 días para las monografías y material anejo, 7 días para los manuales y 1 día para los videos.

Fondos de otras bibliotecas
El Personal Docente y el Personal de Administración y Servicios podrán tomar en préstamo obras de otras bibliotecas de la Universidad Politécnica de Madrid siempre que no superen el total de 8 obras antes establecido, con las siguientes restricciones:
-monografías: máximo 5
-material anejo: máximo 5
-manuales: máximo 2
-videos: máximo 1
El período de préstamo será de 30 días para las monografías y el material anejo, 7 días para los manuales y de 1 día para los videos.

3.1.3.- Alumnos de Proyecto/Trabajo Fin de Carrera
Los alumnos de Proyecto/Trabajo Fin de Carrera podrán tomar en préstamo un total de dos obras de cualquier biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid ya sean monografías o manuales.
Adicionalmente podrán tomar en préstamo dos obras pertenecientes a las categoría de material anejo. En el caso de los videos el máximo será de uno.
El período de préstamo de estos materiales será de 14 días para las monografías y el material anejo. Los manuales tendrán un período de préstamo de 7 días y los videos de 1 día.

3.1.4.- Investigadores y Doctorandos


Los investigadores y doctorandos podrán tomar en préstamo un total de 4 obras de cualquier biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid con las siguientes limitaciones:
-manuales: máximo 2
-videos: máximo 1
El período de préstamo de estos materiales será de 30 días para las monografías y el material anejo, 7 días para los manuales y 1 día para los videos.

3.1.5.- Otros


Los usuarios pertenecientes a la categoría "Otros" podrán tomar en préstamo un total de 2 obras de cualquier biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid, ya sean monografía o manuales.
Adicionalmente podrán tomar en préstamo dos obras pertenecientes a las categoría de material anejo. En el caso de los videos el máximo será de uno.
El período de préstamo de estos materiales será de 14 días para las monografías y el material anejo, 7 días para los manuales y 1 día para los videos.

3.2.- RESERVAS

Todos los usuarios excepto la categoría "Otros", tendrán derecho a efectuar una reserva por obra hasta un máximo de dos obras.
Las reservas sólo podrán efectuarse sobre obras que estén prestadas.
Una vez que las obras reservadas hayan sido devueltas, el usuario dispondrá de dos días para retirar la obra en la biblioteca, transcurrido dicho período la reserva se anulará.
Los videos quedan excluidos del servicio de reservas.

3.3.- RENOVACIONES

Las renovaciones se podrán hacer una sola vez y por el mismo período de préstamo, siempre que dichas obras no hayan sido reservadas por otro usuario.
Para renovar un préstamo es requisito imprescindible que no haya vencido.

3.4.- RESTRICCIONES

Ocasionalmente cuando las obras susceptibles de préstamo reciban un número determinado de reservas su período de préstamo se verá restringido.
Con carácter general cuando los manuales reciban más de 4 reservas, su préstamo se reducirá de 7 a 3 días.
En el caso de las monografías, cuando reciban más de una reserva, su período de préstamo se reducirá para el Personal Docente y Personal de Administración y Servicios, pasando de 120 a 30 días.

3.5.- PRÉSTAMO FIN DE SEMANA

Ocasionalmente los libros de "SALA" podrán cederse en préstamo durante el fin de semana. Las obras cuyo préstamo se circunscriba exclusivamente al fin de semana se prestarán desde las 12 h del viernes hasta las 12 h del lunes.
Este tipo de préstamo se limita a los alumnos, el Personal Docente y Personal de Administración y Servicios de aquellas bibliotecas donde exista este tipo de servicio. Este tipo de préstamo no se podrá renovar.

3.6.- PRÉSTAMO DE VACACIONES

En los períodos de vacaciones: Navidad, Semana Santa y Verano, existirá un préstamo especial, exclusivamente para los alumnos, restringido a las obras de la biblioteca a las que pertenecen.
Este tipo de préstamo no se podrá renovar.

3.7.- OBRAS DE CREACIÓN

En algunas bibliotecas existen colecciones especiales destinadas a la formación integral de los usuarios formadas por obras de literatura, historia, filosofía, etc., que sirven como puertas de acceso al conocimiento, el pensamiento y la cultura.
Estas obras no se consideran como parte integrante de la colección técnica (destinada a la formación reglada) y por tanto tienen una normativa especial.
Para todas las categorías de usuarios el periodo de préstamo será de 30 días, sin opción a renovación. Los usuarios podrán tomar en préstamo un máximo de dos obras, siempre que no hayan sobrepasado su límite de préstamos.
Tanto las reservas como las sanciones aplicables serán las que se establecen en este reglamento.
Esta normativa especial es vigente pero está pendiente de su ratificación por parte de los órganos colegiados de la Universidad.

3.8.- SANCIONES

3.8.1.- Por reservas

Los usuarios que no acudan a retirar sus reservas podrán ser sancionados con tres días de suspensión del servicio de préstamo.


3.8.2.- Por préstamos
Las sanciones por demora en la devolución del préstamo, para todas las categorías de usuarios, se aplicarán a partir del día siguiente de la fecha límite de vencimiento.
La sanción consistirá en la suspensión del servicio de préstamo y su duración será de dos días por cada día de retraso con las siguientes excepciones:
-Manuales: tres días de sanción por cada día de retraso en la devolución.
-Fin de semana: cuatro días de sanción por cada día de retraso en la devolución.
En caso de abuso reiterado o mal uso del servicio, el usuario tendrá bloqueados los servicios de la Biblioteca provisionalmente, hasta que el Director o Decano del Centro, previo informe del Jefe de la Biblioteca, decida la sanción adicional correspondiente.
La pérdida o deterioro de cualquier obra será sancionada con la obligación de reponerla o, en el caso de encontrase agotada, comprar otra similar que se considere de utilidad para la biblioteca.
El incumplimiento de las normas mínimas de comportamiento será sancionado con la expulsión de la Sala de lectura y la posible exclusión del resto de servicios de la biblioteca, si se trata de una conducta reincidente.
El robo o mutilación de libros o cualquier otro material bibliográfico será considerado una falta muy grave y será informado a las autoridades académicas para que tomen las medidas oportunas.
La suspensión total de los servicios de la biblioteca deberá ser aprobada por la Comisión de Biblioteca, en caso de que exista, o en su defecto el órgano de gobierno correspondiente en cada Centro, previo informe del Jefe de Sección de la Biblioteca.
Con el fin de asegurar la devolución o reposición de los fondos bibliográficos pertenecientes al patrimonio de la Universidad Politécnica de Madrid, por parte de los alumnos, la Secretaría del Centro, ante la solicitud de expedición del Título Oficial, requerirá a la Biblioteca correspondiente informe sobre la situación de préstamo del solicitante. En el caso de tener préstamos pendientes lo pondrá en conocimiento de la Dirección o Decanato del Centro para que requiera la devolución de los fondos bibliográficos.
Cuando algún Profesor o Personal de Administración y Servicios concluya su relación laboral con la Universidad Politécnica de Madrid, la Dirección o Decanato del Centro recabará de la Biblioteca información sobre su situación de préstamo, con objeto de proceder a la reclamación de los préstamos que tuviera pendientes.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Transitoriamente, y hasta que se apruebe el Reglamento del Servicio de Bibliotecas de la Universidad Politécnica de Madrid, será responsabilidad del Director/a del Departamento la aplicación del Reglamento de Préstamo sobre los depósitos de fondos bibliográficos establecidos en los Departamentos y catalogados por la Biblioteca.


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