EL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ACONSEJA SEGUIR LAS SIGUIENTES RECOMENDACIONES

EL SERVICIO DE PREVENCIÓN RECOMIENDA SEGUIR LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES.

CON RESPECTO A LOS CONTRATOS AFECTADOS POR LA LEY DE SUBCONTRATACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN

Instrucción Sobre la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.

El RD.1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. En el Capítulo II, Artículo 3, en el apartado 1. obliga a las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos en una obra de construcción, a estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas (REA).

Se aconseja a los responsables de la contratación de obras de construcción de la Universidad Politécnica de Madrid, consultar el REA, antes de adjudicar los contratos, para saber si la empresa que se pretende contratar,  está inscrita en el registro y por consiguiente puede subcontratar.

El REA (Ministerio de Trabajo e Inmigración)